El Supremo mantiene suspendido el voto de hasta 163.020 nacionalizados por la Ley de Nietos

Montaje editorial con Pedro Sánchez, Tribunal Supremo, mazo judicial, pasaportes y una urna; rótulo Primicia
Montaje editorial editado con IA a partir de la miniatura del vídeo; no representa una escena documental.
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El 12 de octubre, mientras se conocía la nueva decisión del Tribunal Supremo sobre el censo exterior, hablé con Luis María Pardo, presidente de Iustitia Europa. Había impulsado una de las acciones judiciales que llevaron a la suspensión cautelar y quiso explicarme qué significaba la respuesta del tribunal para las elecciones generales del 29 de noviembre. La noticia no es que la Ley de Nietos haya quedado derogada ni que se haya demostrado un fraude electoral: es que el Supremo mantiene, de momento, la suspensión de determinados efectos censales mientras se aclara cómo se aplicó esa vía de nacionalización.

Lo que Pardo celebra y lo que ha decidido el tribunal

Pardo me contó que Iustitia Europa llevaba años cuestionando la instrucción administrativa utilizada para tramitar parte de los expedientes. Según su interpretación, el Gobierno no cumplió los requisitos que marca la ley y ahora la Abogacía del Estado sostiene que no dispone de tiempo suficiente para revisar todos los casos antes de las elecciones. Para él, el auto es una victoria de la sociedad civil porque el tribunal no ha aceptado que esa dificultad sirva para levantar la cautelar.

La distinción jurídica importa. La suspensión afecta a las personas que obtuvieron la nacionalidad por el supuesto de la disposición adicional octava de la Ley de Memoria Democrática examinado en este procedimiento y a su inscripción o efectos electorales en el Censo Electoral de Residentes Ausentes. No significa que todos los descendientes de españoles queden excluidos del voto. La resolución permite la excepción cuando un registro consular certifique que se cumplen los requisitos legales relativos al exilio del ascendiente. Tampoco decide todavía el fondo de todos los recursos.

Los 400.000 del vídeo no son los 163.020 del 29-N

En la conversación utilicé la cifra de más de 400.000 personas, que veníamos manejando para hablar del conjunto de nacionalizados o potenciales afectados por la llamada Ley de Nietos. Al concretar el efecto de la cautelar sobre estas elecciones, hay que usar otro dato: según las cifras del Gobierno aportadas al Supremo y publicadas tras el auto, el censo válido para el 29-N estaba cerrado el 1 de agosto y el máximo de afectados en ese corte es de 163.020 personas. Esa cifra puede reducirse si se acreditan las excepciones previstas.

No quiero que un número más amplio, pronunciado en una última hora, se convierta en la afirmación de que 400.000 electores concretos han perdido ya el voto el 29 de noviembre. Ni la concesión de nacionalidad equivale automáticamente a estar inscrito en el censo de estos comicios, ni todos los expedientes están en la misma situación. La precisión no rebaja la importancia de la decisión; permite entender a quién alcanza realmente.

¿Qué puede ocurrir ahora?

Pregunté a Pardo por los posibles siguientes movimientos del Gobierno. Él cree que intentará acudir al Tribunal Constitucional y no descarta nuevos choques procesales. Es una previsión suya, no una decisión ya anunciada ni una suspensión automática de las elecciones. Pardo me aseguró que su formación se opondría a cualquier intento de dejar sin efecto la cautelar. El propio procedimiento, además, permite que las personas afectadas presenten alegaciones: sus derechos también forman parte de esta noticia.

Al cerrar la entrevista, Pardo celebró lo sucedido como una victoria de quienes acudieron a los tribunales sin disponer del aparato de los grandes partidos. Yo comparto que el censo debe poder verificarse y que la Administración debe explicar cómo ha aplicado la ley. Pero también me parece imprescindible hablar con exactitud del alcance de un auto cautelar y del derecho de las personas afectadas a defender su caso. La discusión de fondo sigue abierta; lo que ahora tenemos es una decisión judicial con consecuencias inmediatas para el 29-N.

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