Los cónsules de Sánchez acataron órdenes para cambiar el censo con la ley de nietos

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Hay una pregunta que considero esencial en todo lo que estamos investigando sobre la llamada Ley de Nietos: no basta con saber cuántas personas han adquirido o están tramitando la nacionalidad española. Hay que saber también cómo se está incorporando a esas personas al censo electoral y en qué municipios quedan adscritas.

La Ley 20/2022, de Memoria Democrática, abrió una vía para adquirir la nacionalidad española en determinados supuestos vinculados a descendientes de españoles. Pocos días después se publicó una instrucción administrativa que desarrollaba el alcance y el procedimiento de esa disposición. Eso es público y está en el BOE.

Lo que nosotros venimos denunciando va un paso más allá.

En el programa hemos mostrado que el formulario utilizado en los consulados permite indicar el municipio español en el que el nuevo ciudadano desea quedar adscrito, además del motivo de esa elección. Entre las posibilidades aparecen la última residencia, el arraigo propio o el de un ascendiente y otros motivos.

La cuestión es qué ocurre cuando hablamos de personas que nunca han vivido en España y que terminan incorporadas al censo de municipios extremadamente pequeños.

Durante el programa cité localidades como Madarcos, Entrena, Valdeprado, Murtas, Sigüés o Junciana, entre otras. Según los datos que hemos venido manejando, existen municipios donde el número de electores residentes en el extranjero adquiere un peso extraordinariamente elevado respecto de la población que vive allí.

Y ahí aparece la pregunta que todavía exige una respuesta: ¿quién decide dónde se inscribe a cada nuevo elector cuando no existe una vinculación territorial evidente?

Las instrucciones a los consulados

Nuestra investigación ha puesto el foco en el Ministerio de Asuntos Exteriores y en José Manuel Albares.

En el programa explicamos que desde Exteriores se enviaron instrucciones destinadas a acelerar la tramitación de expedientes relacionados con la Ley de Memoria Democrática: ampliar horarios, reforzar personal, disponer de más medios y aumentar la capacidad administrativa de los consulados.

La propia red consular ha seguido gestionando en 2026 solicitudes y citas vinculadas a estos procedimientos, como muestran las comunicaciones oficiales del Consulado General de España en Buenos Aires.

Pero la acusación que hemos planteado es mucho más grave y, por tanto, debe formularse con precisión.

Según la información expuesta en el programa, existirían instrucciones adicionales para orientar la adscripción de nuevos electores hacia determinados municipios españoles. Esa supuesta directriz es precisamente uno de los elementos que, a nuestro juicio, debería esclarecerse documental y judicialmente.

No afirmo que ese extremo haya sido probado por una sentencia. Afirmo que es la información que hemos investigado y que consideramos que debe ser aclarada.

Los cónsules nombrados después de las generales

Otro elemento que analizamos es el perfil de varios responsables consulares destinados en lugares donde se ha concentrado un volumen especialmente elevado de solicitudes.

Hablamos de consulados como Rosario, Ciudad de México, Buenos Aires, Miami, Monterrey, La Habana, Bogotá y Caracas.

En el programa señalé un dato que considero relevante: los responsables analizados habían llegado a sus puestos después de las elecciones generales del 23 de julio de 2023.

Expusimos varios casos.

Pedro Platas fue nombrado cónsul en Rosario en noviembre de 2023. Según los datos citados durante el programa, aquel consulado experimentó un crecimiento extraordinario en la tramitación de expedientes.

También hablamos de Marcos Rodríguez Cantero, destinado posteriormente a Ciudad de México; de Belén Alfaro, en Miami; y de José María Ridao, en Buenos Aires.

Sobre todos ellos planteamos la misma cuestión: qué instrucciones recibieron y cómo se ejecutaron esas instrucciones dentro de los consulados.

Porque acelerar expedientes administrativos es una cosa. Determinar dónde se incorpora electoralmente a ciudadanos que residen fuera de España es otra muy distinta.

El punto clave es el municipio

Este es el aspecto que, en mi opinión, ha recibido mucha menos atención de la que merece.

Cuando hablamos de cientos de miles de nuevos ciudadanos españoles residentes en el extranjero, el debate no puede limitarse a si tienen o no derecho a la nacionalidad.

El problema electoral aparece cuando debemos responder a otra pregunta: ¿en qué circunscripción terminan computando esos electores?

En España los escaños no se reparten mediante una única circunscripción nacional. La distribución territorial importa. Y por eso resulta imprescindible conocer con absoluta transparencia cómo se ha realizado la adscripción municipal de quienes nunca habían residido en nuestro país.

Si esa adscripción responde estrictamente a criterios legales y familiares, debe poder demostrarse.

Y si existieron instrucciones políticas para concentrar electores en determinados municipios o provincias, entonces estaríamos ante una cuestión de enorme gravedad institucional.

Eso es exactamente lo que debe investigarse.

Sofía Puente y la interpretación de la ley

Durante el programa abordamos también el papel de Sofía Puente, entonces responsable de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, organismo que dictó la instrucción de 25 de octubre de 2022.

La propia instrucción publicada en el BOE desarrolló el alcance de la disposición adicional octava y estableció criterios de aplicación para las oficinas del Registro Civil.

Nuestros invitados cuestionaron que esa interpretación administrativa hubiera ampliado el alcance que inicialmente atribuían al texto aprobado por el Congreso.

Ese debate está directamente relacionado con el número final de personas que han podido acogerse a este procedimiento.

Pero, nuevamente, hay que separar dos planos: una discusión jurídica sobre quién puede acceder a la nacionalidad y otra cuestión diferente, que es cómo se incorpora posteriormente a esas personas al censo electoral español.

Es ahí donde seguimos reclamando transparencia.

La documentación que falta

Gabriel Araujo recordó durante el programa que se había solicitado conocer determinada documentación e instrucciones relacionadas con la actuación del Ministerio de Exteriores.

Y esa documentación resulta especialmente relevante porque permitiría comprobar qué órdenes concretas recibieron las oficinas consulares.

No necesitamos teorías. Necesitamos documentos.

Quién emitió las instrucciones.

Qué instrucciones fueron.

A qué consulados llegaron.

Qué criterios se utilizaron para inscribir a los nuevos españoles en un municipio u otro.

Y cuántos electores fueron incorporados finalmente a cada circunscripción.

Con esos datos encima de la mesa, cualquier sospecha podría confirmarse o descartarse.

Sin ellos, las preguntas siguen abiertas.

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