Avalar a un ser querido: el riesgo oculto que puede llevarle a la ruina y la Ley de Segunda Oportunidad como salvavidas
Amigos, recibimos a menudo consultas que ponen de manifiesto una de las situaciones económicas más delicadas y, a la vez, más comunes: avalar un préstamo a un familiar, un hijo o un amigo. Es un gesto de buena fe, de ayuda, de amor, pero que encierra un riesgo que muchos no llegan a comprender hasta que es demasiado tarde. ¿Cuál es el riesgo real? ¿A qué puede enfrentarse una persona si aquel a quien ha avalado no paga? No es una cuestión menor, y en Sindeuda Group, según nos explica el experto económico Rubén López de Miguel, ven a menudo casos de avalistas que acaban necesitando acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad.
El gesto solidario que esconde un abismo financiero
Rubén López de Miguel lo tiene claro: avalar es, sin duda, un gesto solidario. Lo hacemos por un familiar o un amigo, movidos por la emoción, por el vínculo o por la amistad. Pero hay un segundo motivo, y es el más peligroso: «avalar es algo que aparentemente no tiene peligro hasta que llega la situación de peligro». La realidad es que, cuando una entidad acreedora pide un aval, y no lo hace con otras personas, es porque ellos mismos «entienden que puede haber o se puede dar con cierta facilidad una dificultad de pago». Es decir, el banco ya ve el riesgo, y por eso busca una segunda garantía.
El problema, como bien señala el experto, es que «cuando llega el momento en el que el avalista pasa a ser el deudor, pues es cuando vienen, nos echamos las manos a la cabeza». Es entonces cuando el miedo se apodera de la situación, y es, lamentablemente, «muy tarde, el pescado ya está vendido». El avalista, sin ser plenamente consciente, ha asumido un compromiso que puede tener consecuencias devastadoras.
El avalista, el nuevo deudor: la deuda ajena como propia
Cuando avalamos, lo que estamos haciendo es asumir el papel de deudor en caso de que el deudor principal «desaparezca». Esta «desaparición» puede ocurrir por diversas razones: que haya entrado en insolvencia, que se haya acogido a la Ley de Segunda Oportunidad y esté en proceso de exoneración de deudas, o por cualquier otro motivo que le impida hacer frente a sus pagos. En ese instante, la responsabilidad de pago recae íntegramente sobre el avalista. Y como todos sabemos, si no se paga, los bienes del avalista pueden ser embargados.
Lo más llamativo es que la entidad acreedora no se conforma con que el avalista siga pagando los plazos del préstamo original. No, la entidad «va a querer en todo momento recuperar la cantidad que ha prestado y para ello se va a acoger a esa ficha, a esa carta que tienen, que es la de si el deudor principal… no cumple». Y lo más importante: las condiciones de pago que tenía el deudor principal no tienen por qué ser las mismas para el avalista. «Si tu familiar pagaba 300 € de hipoteca, nadie te garantiza que cuando tú como avalista te conviertas en deudor, a ti te vayan a pedir 300 € al mes, a ti te van a pedir una deuda», nos explica Rubén López de Miguel. Esto significa que el avalista puede enfrentarse a una exigencia de pago de la deuda total o de cuotas mucho más elevadas, complicando aún más su situación económica.
La Ley de Segunda Oportunidad: ¿una vía de escape para el avalista?
La gran pregunta es si se puede evitar esta deuda que, en el fondo, no es propia, sino asumida por buena voluntad, a través de la Ley de Segunda Oportunidad. La respuesta es sí, pero con matices. Cuando una persona se convierte en deudor siendo avalista, y se encuentra en una situación de insolvencia, «se puede evidentemente acoger a la Ley de Segunda Oportunidad, como todo ciudadano que tiene dificultades para hacer frente a su pago». Esto es una buena noticia, ya que la ley ofrece un mecanismo para la exoneración de deudas.
Sin embargo, hay una limitación importante: «lo que no va a poder en ningún momento, salvo una negociación muy dura con la entidad financiera, es antes de que se dé esta circunstancia poder salir de su figura de aval». Es decir, la ley actúa cuando ya se ha producido el impago y el avalista ha asumido la deuda, no antes para liberarse del aval. Además, y esto es crucial, aunque el deudor principal se acoja a la Ley de Segunda Oportunidad y sea exonerado, «esto no exonera sistemáticamente a su avalista». El avalista se convierte en el nuevo deudor y debe iniciar su propio procedimiento para buscar la exoneración de la deuda.
La necesidad de un análisis personalizado y experto
Evitar un embargo o la pérdida de propiedades por haber avalado es un proceso complejo. El experto nos aclara que «más que difícil, dependerá de tu situación de solvencia». No existe una «receta única» para todos los casos, aunque los perfiles puedan parecer similares. Es fundamental «analizar cada caso» de manera individualizada. Los profesionales, como los de Sindeuda Group, se esfuerzan por «intentar evitar esas situaciones», pero el éxito siempre dependerá de la solvencia y las particularidades de cada persona.
Por lo tanto, la recomendación es clara: primero, vigilen con extrema cautela a la hora de avalar. Pregunten y asesórense con expertos antes de firmar cualquier compromiso. Segundo, en el caso de que la deuda del deudor principal ya haya recaído sobre el avalista y este se encuentre en una situación de dificultad económica, lo mejor es ponerlo en manos de especialistas como Rubén y su equipo en Sindeuda Group. Ellos podrán evaluar si la Ley de Segunda Oportunidad es la solución más apropiada para ver la luz al final del túnel y recuperar la estabilidad financiera. La esperanza existe, y como bien nos dice Rubén, «siempre que se pueda hacer algo, estaremos nosotros aquí para echar una mano. Es nuestra razón de existir».
Otras noticias destacadas del programa de hoy
- El programa denuncia la pérdida de soberanía española sobre Gibraltar y sus aguas, calificándolo de ‘día de la infamia’ y humillación histórica y fiscal.
- Se acusa al expresidente Zapatero de estar involucrado en negocios turbios de explotación de minas de oro en Venezuela y Colombia a través de testaferros y empresas en Dubái.
- Se critica la ausencia del presidente Pedro Sánchez en el Mundial, argumentando que evita la unidad que el fútbol genera entre españoles por temor a la unidad social.
- Críticas a la Monarquía Borbónica por su origen francés, la supuesta falta de patriotismo y una concepción de España como ‘finca privada’.
- Indignación de oyentes por la ‘inhabilitación simbólica’ de David Sánchez Pérez Castejón, criticando la falta de restitución de los 340.000€ y la injerencia de Fiscalía.
- Vox ha solicitado a la Junta Electoral Central anular la votación de los nuevos nacionalizados por la Ley de Nietos, denunciando un presunto fraude electoral masivo.
Quienes deseen ampliar la información y conocer el análisis completo pueden acceder al programa íntegro en el canal de YouTube de Albert Castillón.
💬 Tu opinión cuenta: participa en los comentarios
